
Con el inicio del nuevo año, no solo se abren nuevos proyectos, también arranca un ciclo clave de obligaciones fiscalespara empresas, autónomos y entidades.
Enero 2025
Hasta el 2 de enero:
- Modelos 036 y 037: renuncia o revocación de regímenes de estimación directa simplificada y estimación objetiva.
Hasta el 20 de enero:
- Modelo 111: retenciones de IRPF del último trimestre 2024.
- Modelo 115: retenciones de IRPF sobre alquileres urbanos (último trimestre 2024).
- Modelo 123: pago de intereses de préstamos y otros rendimientos de capital mobiliario.
Hasta el 30 de enero:
- Modelos 130 y 131: Renta fraccionada, cuarto trimestre 2024.
- Modelo 303: autoliquidación del IVA, cuarto trimestre 2024.
- Modelo 349: declaración de operaciones intracomunitarias.
- Modelo 390: declaración recapitulativa de IVA del año anterior.
Hasta el 31 de enero:
- Modelo 180: rendimientos de arrendamiento urbano, resumen anual.
- Modelo 182: donativos, donaciones, y aportaciones.
- Modelo 184: declaración de entidades en régimen de atribución de rentas.
- Modelo 190: rendimientos del trabajo y actividades económicas, resumen anual.
- Modelo 345: anual de planes de pensiones, fondos de pensiones, entre otros.
Febrero 2025
Hasta el 20 de febrero:
- Modelos 111 y 115: retenciones de IRPF correspondientes a enero 2025.
Hasta el 28 de febrero:
- Modelo 036: opción o renuncia a pagos fraccionados.
- Modelo 303: autoliquidación del IVA, enero 2025.
- Modelo 347: declaración anual de operaciones con terceros.
Marzo 2025
Hasta el 20 de marzo:
- Modelos 111 y 115: retenciones de IRPF correspondientes a febrero 2025.
- Modelo 349: recapitulativa de operaciones intracomunitarias (febrero 2025).
Abril 2025
Hasta el 1 de abril:
- Modelo 303: autoliquidación del IVA, febrero 2025.
- Modelo 720: declaración sobre bienes y derechos en el extranjero.
Desde el 2 de abril hasta el 30 de junio:
- Declaración de la renta y patrimonio por internet.
Hasta el 21 de abril:
- Modelos 111 y 115: retenciones de IRPF correspondientes a marzo 2025.
- Modelos 130 y 131: primeros pagos fraccionados de la Renta (primer trimestre 2025).
- Modelo 202: pago a cuenta sobre Impuesto de Sociedades.
- Modelo 349: recapitulativa de operaciones intracomunitarias (marzo 2025).
Hasta el 30 de abril:
- Modelo 303: autoliquidación del IVA, marzo 2025.
Mayo 2025
Desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio:
- Declaración de la renta 2024 por vía telefónica.
Hasta el 20 de mayo:
- Modelos 111 y 115: retenciones de IRPF correspondientes a abril 2025.
- Modelo 303: autoliquidación del IVA, abril 2025.
- Modelo 349: recapitulativa de operaciones intracomunitarias (abril 2025).
Junio 2025
Desde el 2 de junio hasta el 30 de junio:
- Presentación de la Renta en oficinas de la Agencia Tributaria.
Hasta el 20 de junio:
- Modelos 111 y 115: retenciones de IRPF correspondientes a mayo 2025.
- Modelo 349: recapitulativa de operaciones intracomunitarias (mayo 2025).
Hasta el 25 de junio:
- Fecha límite para presentar la declaración anual de la Renta y Patrimonio 2024 (a ingresar con domiciliación en cuenta).
Hasta el 30 de junio:
- Modelo 303: autoliquidación del IVA, mayo 2025.
Julio 2025
Hasta el 21 de julio:
- Modelos 111 y 115: retenciones de IRPF correspondientes a junio 2025.
- Modelos 130 y 131: pagos fraccionados de Renta (segundo trimestre 2025).
- Modelo 303: autoliquidación del IVA, segundo trimestre 2025.
- Modelo 309: Declaración-liquidación no periódica sobre el segundo trimestre 2025.
- Modelo 349: recapitulativa de operaciones intracomunitarias (junio 2025).
Hasta el 25 de julio:
- Modelos 200, 206 o 220: entrega obligatoria para sociedades.
Hasta el 30 de julio:
- Modelo 303: autoliquidación del IVA, junio 2025.
Agosto 2025
Hasta el 20 de agosto:
- Modelos 111 y 115: retenciones de IRPF correspondientes a julio 2025.
Hasta el 29 de agosto:
- Modelo 303: autoliquidación del IVA, julio 2025.
Septiembre 2025
Hasta el 22 de septiembre:
- Modelos 111 y 115: retenciones de IRPF correspondientes a agosto 2025.
- Modelo 349: recapitulativa de operaciones intracomunitarias (julio y agosto 2025).
Hasta el 30 de septiembre:
- Modelo 303: autoliquidación del IVA, agosto 2025.
Octubre 2025
Hasta el 20 de octubre:
- Modelos 111 y 115: retenciones de IRPF correspondientes a septiembre 2025.
- Modelos 130 y 131: pagos fraccionados de Renta (tercer trimestre 2025).
- Modelo 202: pago a cuenta sobre Impuesto de Sociedades.
- Modelo 349: recapitulativa de operaciones intracomunitarias (septiembre 2025).
- Modelo 303: autoliquidación del IVA, tercer trimestre 2025.
- Modelo 309: Declaración-liquidación no periódica sobre el tercer trimestre 2025.
Hasta el 30 de octubre:
- Modelo 303: autoliquidación del IVA, septiembre 2025.
Noviembre 2025
Hasta el 5 de noviembre:
- Segunda y última cuota que fraccionaron el pago de la declaración de la Renta.
Hasta el 20 de noviembre:
- Modelos 111 y 115: retenciones de IRPF correspondientes a octubre 2025.
- Modelo 349: recapitulativa de operaciones intracomunitarias (octubre 2025).
Diciembre 2025
Hasta el 1 de diciembre:
- Modelo 303: autoliquidación del IVA, octubre 2025.
Hasta el 22 de diciembre:
- Modelos 111 y 115: retenciones de IRPF correspondientes a noviembre 2025.
- Modelo 349: recapitulativa de operaciones intracomunitarias (noviembre 2025).
- Modelo 202: pago a cuenta sobre Impuesto de Sociedades.